Caso práctico La Oficina de Gestión Penitenciaria



CASO PRACTICO CUERPO AYUDANTES INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Una vez superado el proceso selectivo, Silvia H.M. es nombrada funcionaria en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias con destino en la oficina de gestión del Centro Penitenciario Madrid VII, Estremera.

F.J.C.C. se presenta voluntariamente en dicho Centro, el día 17 de enero de2020, para cumplir una pena de prisión de un año, impuesta pos sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid, que proviene de las diligencias previas 1314/2019 del Juzgado de Instrucción nº 35 de Madrid.

Conteste a las siguientes preguntas:



( 1 )* En el Centro Penitenciario tienen entrada, como parte del proceso de legalización del interno, el testimonio de sentencia y la liquidación de condena, el día 19 de enero del 2020. Silvia H.M. constata y registra en el sistema de información penitenciaria dicha información, y como parte de ella, la pena de prisión de un año recogida en el testimonio de sentencia, así como un día de prisión provisional que el Juzgado de lo Penal nº 6 abona a F.J.C.C. Teniendo estos datos en cuenta, la duración de la pena de prisión impuesta al interno empezará a computarse desde el día:
A .- 16 de enero del 2020.
B .- 17 de enero del 2020.
C .- 18 de enero del 2020.
D .- 19 de enero del 2020.
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 2 )* Cursada copia de la liquidación de condena a F,J.C.C., Silvia H.M. recibe en la oficina una instancia del interno solicitando se le practique de nuevo liquidación de condena, ya que no le han abonado un día de prisión provisional que sufrió en la causa Diligencias previas 1065/2019 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid. Silvia H.M. deberá indicarle a F.J.C.C que:
A .- Es el Juzgado de lo penal nº 6 el competente para realizar el abono por medio de una nueva liquidación de condena
B .- Es el Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid el competente para realizar el abono una vez solicitado por el Juzgado de lo penal nº 6
C .- Es el Juez de vigilancia penitenciaria el competente para realizar el abono
D .- No podrá realizarse el abono del día de prisión preventiva, en ningún caso.
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 3 )* La autoridad competente deniega la petición de F,J.C.C. , de abono del día de prisión provisional que reclamaba en la causa Diligencias previas 1065/2019, del Juzgado de instrucción nº 3 de Madrid. Por tanto, teniendo en cuenta la pena de prisión de un año impuesta en sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid, el abono de un día de prisión provisional liquidado por el mismo juzgado y sabiendo que el año 2020 es bisiesto, ¿Cuál será la fecha de libertad definitiva que figurará en la liquidación de condena?:
A .- 13 de enero de 2021
B .- 14 de enero de 2021
C .- 15 de enero de 2021
D .- 16 de enero de 2021
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 4 )* Señale la respuesta incorrecta. Para proceder a la liberación de F.J.C.C.:
A .- Con una antelación mínima de dos meses al cumplimiento de la condena, se formulará al Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid, una propuesta de libertad definitiva, para el día en que el penado deje previsiblemente extinguida su condena, con arreglo a la liquidación practicada en la sentencia
B .- El Director, si no recibe respuesta a su propuesta de libertad definitiva, deberá reiterar su propuesta al Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid, quince días antes de la fecha propuesta para la libertad definitiva
C .- En ningún caso se procederá a liberar al recluso en la fecha propuesta si no se recibe la aprobación de libertad definitiva del Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid
D .- Será el Director el que formule la propuesta de libertad definitiva.
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA

( 5 )* Llegada la fecha de libertad definitiva, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24 del Reglamento penitenciario, se deberá expedir y remitir certificaciones de libertad definitiva:
A .- Al Juzgado de lo penal nº 6 de Madrid
B .- Al Juzgado de lo penal nº 6, así como al Juzgado de Instrucción nº 35 de Madrid.
C .- Tanto al Juzgado de lo penal nº 6 de Madrid como al Juez de vigilancia penitenciaria
D .- No es necesario expedir ni remitir documento alguno, toda vez que el Juzgado de lo Penal nº 6 de Madrid ha aprobado la propuesta de licenciamiento definitivo cursada por el Director del centro
RESPUESTA CORRECTA RESPUESTA INCORRECTA