BOE 27 Junio 2022: Convocadas 1850 plazas Cuerpo Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
EL DERECHO PENITENCIARIO
27 JUNIO 2022
Instituciones Penitenciarias ha convocado 1850 plazas para el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. La convocatoria, publicada en el BOE del 27 de junio, incluye una novedad importante, ya que prevé la posibilidad de contratar funcionarios interinos.
Selección de funcionarios interinos
Conforme a lo previsto en el artículo 3.21 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2022 y de acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos, será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de selección de funcionarios interinos se hará público en la página web del Ministerio del Interior.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 150 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente. La calificación de los y las aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.
La duración del mismo será de dos horas y quince minutos.
La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse la ampliación de los mismos conforme a lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2021, y en el artículo 3.3 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2022.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el artículo 3.13 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este primer ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización.
Segundo ejercicio.
Consistirá en resolver por escrito 10 supuestos de carácter práctico, cada supuesto contendrá 5 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los y las aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los y las aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.
La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.11 del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021, y en el artículo 3.13 del Real Decreto 407/2022, de 24 mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización.
Calificación de la fase de oposición: en ambos ejercicios de la fase de oposición, la calificación de los y las aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos y aquellas aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.