Examen práctico juristas. Promoción interna 2008


EL DERECHO PENITENCIARIO

Publicación Caso Práctico Juristas 2008 Promoción Interna


El día 01-03-07, el interno J.G.N. reingresó en el Centro Penitenciario X, por mandamiento de prisión preventiva dictado por la presunta comisión de un delito contra la salud pública, mientras se encontraba en libertad condicional. Posteriormente, en fecha 08-03-07, se recibió en el citado centro penitenciario Auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria competente de revocación de la libertad condicional concedida al interno  J.G.N.. El día 20-07-07 fue dictado, por el Juzgado competente, Auto de Sobreseimiento Provisional de la causa preventiva referida. Este Auto fue recibido en el centro penitenciario el 22-07-07, junto con el consiguiente mandamiento de libertad provisional en la citada causa. Tras ésto, el interno J.G.N. solicitó que le fuera concedida nuevamente la  libertad condicional.

El lunes 27-10-2008, a primera hora, el Subdirector de Seguridad en funciones de Director accidental, le explica que ese día no ha acudido a trabajar el Jefe de Gabinete, alegando que el viernes 24-10-2008 por la tarde realizaron una intervención quirúrgica a su padre, que quedó ingresado esa noche en el Hospital, dándole de alta el sábado 25-10-2008. Por ese motivo no va a ir a trabajar el Jefe de Gabinete ni el lunes 27, ni el martes 28, ni el miércoles 29. Ha anunciado además que tampoco va a acudir su hermano, que es el único Jefe de Servicios del turno de mañana-tarde del lunes 27 y de la noche del 28 al 29-10-2008, que disfrutaba libranza los días 24 y 25-10-2008; ni tampoco su hermana, que es la mèdico de guardia el martes 28-10-2008.


El 30-10-08 el interno sufrió un accidente en el taller productivo de cocina del Centro Penitenciari, en el que trabajaba mediante relación laboral especial, perdiendo cuatro dedos de la mano derecha.

El 01-11-2008, un tornado afectó al tejado de un Módulo residencial y a las ventanas de varias celdas. Siendo necesario acometer las reparaciones lo antes posible, se estima el coste de éstas en 69.000 euros. El Administrador actúa rápidamente: observa que ya no cuenta con fondos para reparaciones del presupuesto de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y, ante la situación, inicia la tramitación de un contrato menor de obras, con cargo al presupuesto del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. Sin más trámite, el propio Administrador adjudicó el contrato al día siguiente a una empresa de su confianza en la cantidad de 67.000 euros.

Usted, como Jurista del Centro Penitenciario X, ha de informar, con la fundamentación jurídica procedente, a todas las siguientes cuestiones:

1. La Subdirectora de Régimen requiere: a) Fundamentos y efectos del Auto de revocación de la libertad condicional concedida al interno J.G.N.; b) Obligatoriedad o no de cumplimiento de dicho Auto; y c) Motivos que puedan ser alegados por el Fiscal de Vigilancia en un posible recurso.

2. La Subdirectora de Tratamiento, al reincorporarse tras una baja médica de larga duración, requiere: actuaciones en materia de clasificación que han debido ser realizadas desde el reingreso del interno, a la vista de los hechos descritos.

3.- El Subdirector de Seguridad requiere: qué motivos pueden alegar esos tres funcionarios para no acudir a trabajar esos tres días, y qué actuaciones fundamentadas jurídicamente puede tomar como Director Accidental sobre ellos.

4. La Directora requiere: consecuencias jurídicas que va a generar el accidente del interno.

5. El Administrador requiere: valoración del procedimiento seguido para la recuperación de la cubierta, indicando si el contrato y la financiación elegida es la más adecuada y/o ventajosa, expresando, en caso contrario, las consecuencias que puede generar el procedimiento seguido y la fòrmula más adecuada para lograr el objeto perseguido




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